miércoles, 22 de septiembre de 2010

Requisitos Solicitud Licencias de Comercializacion de Loterias

La Comisión Nacional de Lotería en atención a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia previstos en el artículo 141 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las disposiciones del Decreto con rango valor y fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos ha determinado que a partir  del lunes seis (06) de septiembre del año en curso los Centros de Apuesta, Operadoras y Comercializadoras deben presentar para el Registro de Solicitud de Licencia, una carpeta por cada Instituto Oficial de Beneficencia Pública y Asistencia Social (IOBPAS) la cual debe contener los siguientes requisitos, tal como se indica en el manual de presentación de documentos ubicado en nuestra página Web.
 
  1. Original de la Planilla de solicitud de emisión y registro de licencias
  2. Original y copia de la planilla del depósito bancario que acredite el pago de la tasa  de 10 UT (Bs. 650,00) establecida en el artículo 22 de la Ley Nacional de Lotería
  3. Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF), actualizado.
  4. Copia de la cédula de identidad  del solicitante o del representante legal.
  5. Copia del contrato o autorización sellado y firmado por la comercializadora u operadora según el caso.
  6. Copia del acta constitutiva de la empresa y sus modificaciones (si las hubiera) o de la firma personal, según el caso, debidamente protocolizada  ante el Registro Mercantil.
  7. Copia de la licencia de actividades económicas o Patente Municipal, (relativa a Juegos de Lotería y Envite y Azar), o en su defecto copia de la solicitud de la misma o status del trámite.
 
     En cuanto  a estos dos últimos  requisitos (Copia del acta constitutiva de la empresa y copia de la licencia de actividades económicas o Patente Municipal), esta Comisión Nacional de Lotería  de acuerdo a los criterios anteriores  y en pro del proceso de legalización  que viene llevando a cabo, establece que aquellos solicitantes que  para el momento del registro carezcan de los mismos, le serán procesadas las solicitudes otorgándole un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción  de las carpetas debiendo consignarlos ante el Centro de Atención Integral al Comercializador (CAICOM) dentro de este lapso.

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